.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
institución:MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

50 resultados encontrados en 31 ms. Página 4 de 6
Descargar    Expandir/Colapsar
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.17086 12 de diciembre, 2006 DCA-3986 Señora Cira Castro Myrie Proveedora Municipalidad de Escazú Escazú Estimada señora: Asunto: Se aprueba contrato y primer addendum suscritos entre la Municipalidad de Escazú y Berthier Ebi de Costa Rica S.A. (Licitación Pública No.0006-2006) Damos respuesta a su oficio PR-01632-2006 del 21 de octubre de 2006, recibido por esta Contraloría el 22 de noviembre del año en curso, por medio del cual remite el contrato y primer adddedum para recepción y tratamiento de desechos sólidos de ese Cantón, por un precio de US $17.0 por tonelada, y plazo de un año prorrogable hasta cuatro. Una vez hecha la revisión del Ley, se remiten los documentos debidamente refrendados, con las siguientes condiciones: 1 –Durante el proceso de ejecución la Municipalidad debe verificar el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. Esto con fundamento en el artículo No. 50 de la Constitución de la Constitución Política, artículos Nos. 1 y 17 de la Ley Orgánica del Ambiente, artículo No.11 de la Ley de Biodiversidad, artículo No. 59 de la Ley de Contratación Administrativa y los tratados de derecho público internacional ambiental suscritos por Costa Rica. 2- En los términos de los artículos 7 y 8 de la Ley de Control Interno , es exclusiva responsabilidad de esa Administración establecer, mantener y evaluar los procedimientos necesarios para la fiscalización oportuna del contrato, así como el mantenimiento de un ambiente de control interno propicio para la correcta ejecución de este, a efecto de hacer realidad la consecución de fin público propuesto. Atentamente, Lic. Adrián Leitón Zúñiga Fiscalizador Anexo: un expediente ALZ/lmu ci Archivo Central Ni: 27031, 2006005345 ( Contratos ] ...
Fecha publicación: 16/12/2006
Fecha emisión: 12/12/2006
Documento: 17086-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 3 Cira Castro Myrie 4 de diciembre, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.16741 04 de diciembre, 2006 DCA-3875 Señora Cira Castro Myrie Proveedora Municipalidad de Escazú. Escazú Estimada señora: Asunto: Se deniega el refrendo al Contrato suscrito entre la Municipalidad de Escazú y la empresa Constructora Presbere S.A. para la colocación de carpeta asfáltica en calles del cantón de Escazú. Contrato No. 000106. Licitación por Registro No. 27-2006. Nos referimos a su oficio No. PR-01488-2006 del 26 de octubre del 2006, mediante el cual, solicita la aprobación del Contrato suscrito entre la Municipalidad de Escazú y la empresa Constructora Presbere S.A. para la colocación de carpeta asfáltica en calles del cantón de Escazú. Una vez realizado el estudio de rigor, se devuelve el documento de mérito sin el refrendo requerido, por las razones que de seguido se exponen: · Sobre la cláusula décima del documento contractual. La cláusula décima del contrato dispone lo relativo a las multas así como al eventual incumplimiento contractual. En ese sentido, el párrafo primero de dicha cláusula establece una multa de 1% por cada día de retraso, hasta un máximo de 20% del monto adjudicado, siendo que de llegarse a ese porcentaje se tendrá como falta grave y por consiguiente facultando a la Administración a resolver el contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 13,2 del Reglamento General de Contratación Administrativa. Aunado a lo anterior, esta cláusula establece que de persistir la demora por más de cinco días naturales en la prestación de la obra, a pesar del cobro de la multa indicada, la municipalidad podrá dar por terminado el contrato con responsabilidad para la empresa por los daños y perjuicios causados. De la lectura de esta cláusula se interpreta que el plazo máximo de retraso tolerado por la Administr ...
Fecha publicación: 08/12/2006
Fecha emisión: 04/12/2006
Documento: 16741-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


Sra. Cira Castro Myrie -5- 14-11-2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 15831 14 de Noviembre, 2006 DCA-3612 Señora Cira Castro Myrie Proveedora Municipalidad de Escazú Escazú, San José Estimado señor: Asunto: Se deniega el refrendo al Contrato de pago de impuestos y tributos mediante tarjetas de crédito y/o débito suscrito entre la Municipalidad de Escazú y el Banco Nacional de Costa Rica. Licitación Pública N° 03- 2006. Nos referimos a su oficio N° PR-01348-2006 del 28 de setiembre del 2006, mediante el cual, solicita la aprobación del Contrato de pago de impuestos y tributos mediante tarjetas de crédito y/o débito suscrito entre la Municipalidad de Escazú y el Banco Nacional de Costa Rica Una vez realizado el estudio de rigor, se devuelve el documento de mérito sin el refrendo requerido, por las razones que de seguido se exponen: · Forma de pago. El punto 9 del Cartel, señala la siguiente forma de pago: “La comisión se descontará automáticamente de la recaudación efectuada por el adjudicatario” El contrato establece la forma de pago en sus cláusulas tercera inciso 3), octava, novena y décima, lo siguiente: “Tercera: De las obligaciones de El BANCO: 3.- Deberá El BANCO enviar a la Municipalidad, a más tardar el día siguiente, los archivos con la información de pagos, reversiones registradas durante el día, depósito del total recaudado y débito por comisión,…” “Octava: De la forma de pago: El pago se hará a través de un porcentaje de la facturación bajo los criterios esbozados en la próxima cláusula” “Novena: De la comisión ganada por el Banco: …Para todos los efectos, queda establecido que EL BANCO mediante un sistema automatizado calculará y cobrará la comisión ganada diariamente.” “10.2. Plazo para debitar los recursos por comisión. EL BANCO debitará de la cuenta corriente especificada por LA MUNICIPALIDAD para deducir comisiones, la totalidad de los recursos que le corresp ...
Fecha publicación: 17/11/2006
Fecha emisión: 14/11/2006
Documento: 15831-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 Cira Castro Myrie 25 de octubre, 2006 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.14961 25 de octubre, 2006 DCA-3325 Señora Cira Castro Myrie Proveedora Municipalidad de Escazú Escazú Estimada señora: Asunto: Se imprueba contrato suscrito entre la Municipalidad de Escazú y Berthier EBI de Costa Rica S.A. (Licitación Pública No. 0006-2006). Damos respuesta a su oficio PR-01340-2006 del 28 de setiembre del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo del contrato de la referencia para obtener el servicio de recepción y tratamiento de los desechos sólidos de ese Cantón. Una vez hecha la revisión de ley, se determinó que algunos términos de la relación contractual deben ser corregidos, conforme adelante se dirá, como requisito indispensable para el refrendo. Las observaciones son las siguientes: 1- Potestad de rescisión El punto 8 del cartel de licitación estableció la siguiente regla en cuanto a la posibilidad de rescisión del contrato: “ Para rescindir el contrato la empresa tendrá que comunicarlo a la Municipalidad de Escazú con al menos cuatro meses se anticipación...” (lo subrayado no es del original) Según los términos del artículo No. 11 de la Ley de Contratación Administrativa, y 13 de su Reglamento, la potestad de rescisión es exclusiva de la Municipalidad e indisponible en favor del contratista. Entonces, por tratarse de regla cartelaria inaplicable, conviene que esa disposición se excluya expresamente de los términos que regularán la relación jurídica, por medio del texto del contrato. 2- Estimación, monto del contrato y pago de especies fiscales De la cláusula tercera del contrato, y del cartel, se concluye que la generación diaria de basura es de aproximadamente de 60 toneladas y 20.000 anuales, donde aplicando la tarifa pactada (US $17.0 por tonelada) se tiene una estimación anual del contrato de US $340. ...
Fecha publicación: 28/10/2006
Fecha emisión: 25/10/2006
Documento: 14961-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.14021 4 de octubre, 2006 DCA-3024 Señora Cira Castro Myrie Proveedora Municipalidad de Escazú Escazú, San José Estimada señora: Asunto: Se refrenda contrato suscrito entre la Municipalidad de Escazú y la Constructora Presbere S.A., para la colocación de carpeta asfáltica y base estabilizada con cemento. (Licitación Pública 04-2006). Nos referimos a su oficio PR-01260-2006 del 7 de setiembre de 2006 en el que solicita el refrendo del contrato de la referencia para el asfaltado de calles del cantón por un monto de ¢44.887.800,00 Una vez hecha la revisión de Ley, se remite el contrato debidamente refrendado, bajo las siguientes condiciones: 1. La aprobación de modificaciones al contrato debe apegarse a los términos del Reglamento de Refrendos publicado en la Gaceta No. 53 del 15 de marzo de 2006, particularmente a su artículo 4 para modificaciones hasta del 5% del monto adjudicado. 2. Es requisito esencial que previo a la orden de inicio se verifique el cumplimiento de la normativa ambiental. 3. En los términos del artículo No. 13 de la Ley de Contratación Administrativa, es exclusiva responsabilidad de esa Administración establecer, mantener y evaluar los procedimientos necesarios para la fiscalización oportuna del contrato, así como el mantenimiento de un ambiente de control interno propicio para la correcta ejecución de este, a efecto de hacer realidad la consecución de fin público propuesto. Atentamente, Lic. Adrián Leitón Zúñiga Fiscalizador Anexo: un ampo ALZ/CGS/lmu ci Auditor Municipal Archivo Central Ni: 20797, 2006004927 ( Contratos ] ...
Fecha publicación: 07/10/2006
Fecha emisión: 04/10/2006
Documento: 14021-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


1 7 Cira Castro Myrie 2 de noviembre, 2004 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No.12895 02 de noviembre, 2004 DI-AA-2401 Señora Cira Castro Myrie Proveedora Municipalidad de Escazú Escazú Estimada señora: Asunto: Contrato de arrendamiento de edificio suscrito entre la Municipalidad de Escazú y la empresa Comercentro Escazú S.A., el cual se originó en la contratación directa No. 369-2004 Nos referimos a su gestión de refrendo del Contrato de arrendamiento de edificio suscrito entre la Municipalidad de Escazú y la empresa Comercentro Escazú S.A., el cual se originó en la contratación directa No. 369-2004. Una vez realizado el análisis de los documentos remitidos, procedemos a comunicarle lo siguiente: Antecedentes Mediante nota D.A.e-271-2004 del 28 de mayo de 2004, esa Municipalidad planteó a la División de Asesoría y Gestión Jurídica de esta Contraloría General, formal solicitud para contratar en forma directa el alquiler de un edificio a la empresa Comercentro S.A. que destinaría para “instalaciones municipales” (visible a folio 41 del expediente administrativo). Posteriormente, mediante nota fechada ocho de junio de 2004, la empresa Comercentro Escazú S.A. realiza ofrecimiento concreto de arrendamiento de un edificio de su propiedad a la Municipalidad de Escazú. Mediante su oferta señala que el edificio está recién construido, y fija el precio de arrendamiento en la suma de $ 4.720.oo por mes (visible a folio 49 del expediente administrativo). Mediante oficio 8756 del 29 de julio del año en curso, la División de Asesoría y Gestión Jurídica de esta Contraloría deniega la autorización planteada para contratar en forma directa el arrendamiento, y señala que según los argumentos planteados por esa Municipalidad procede la aplicación del artículo 79.5 del Reglamento General de Contratación ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 25/10/2004
Documento: 12895-2004.DOC
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.10231 21 de julio, 2006 DCA-2149 Señora Cira Castro Myrie Proveedora Municipalidad de Escazú Escazú Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin trámite contrato suscrito entre la Municipalidad de Escazú y Constructora Presbere S.A.(Licitación por Registro 22-2005) Nos referimos a la nota PR-0805-2006 del 26 de junio de este año, en la que solicita el refrendo del contrato de la referencia para bacheo y colocación de carpeta asfáltica con una cuantía de ¢28.329.000. Este caso fue analizado en el mes de enero del año en curso por la Contraloría, generando una serie de observaciones que impidieron, en esa primera ocasión el refrendo. Ahora la Municipalidad lo somete de nuevo a nuestra consideración; pero por la cuantía del negocio corresponde su aprobación a la unidad interna a la que se refiere el artículo No. 10 del Reglamento de Refrendos. Téngase presente que este nuevo reglamento se publicó en la Gaceta No. 53 del 15 de marzo de 2006, derogó el reglamento anterior y varió los montos usados para determinar el refrendo de contratos. Atentamente, Lic. Adrián Leitón Zúñiga Fiscalizador Asociado Anexo: un expediente ALZ/lmu ci Auditor Municipal Archivo Central Ni:15278, 2006000062-2 ( Contratos ] ...
Fecha publicación: 24/07/2006
Fecha emisión: 21/07/2006
Documento: 10231-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.09802 14 de julio, 2006 DCA-2065 Señora Gabriela Solano R. Proveedora a.i. Municipalidad de Escazú Escazú Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin tramitar el contrato para la adquisición de un cargador retroexcavador integrado (Back Hoe), suscrito entre la Municipalidad de Escazú y la firma Aditec J.C.B., S.A. Nos referimos a su oficio No. PR 898-2006 del 10 de julio del año en curso, mediante el cual solicita la aprobación del Contrato para la adquisición de un cargador retroexcavador integrado (Back Hoe), suscrito entre la Municipalidad de Escazú y la firma Aditec J.C.B., S.A. Al respecto, le comunicamos que este Despacho devuelve sin trámite alguno el contrato supraindicado, ya que su nueva gestión se presentó a esta Contraloría General con posterioridad a la entrada en vigencia del nuevo Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, emitido por esta Contraloría General mediante Resolución No. R-CO-33 de las 14:00 horas del 8 de marzo del 2006, publicado en La Gaceta No. 53 del 15 del mismo mes y año y vigente a partir del mismo día, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 2, aparte 1., inciso f), del Reglamento supraindicado, se concluye que dicho documento contractual no requiere del refrendo contralor, por cuanto su monto ((27.376.401,75) no alcanza el límite por el cual deben venir los contratos de esa Administración a refrendo de esta Contraloría General ((42.000.000,00) (ver el Reglamento arriba citado y la Resolución de este órgano contralor No. R-SC-02-2006 de las 14:00 horas del 15 de febrero del 2006, publicada en el Alcance No. 10 a La Gaceta No. 42 del 28 de febrero del mismo año). Así las cosas, para la contratación citada, puesto que ésta no requiere del refrendo contralor, acorde con la nueva reglamentación, sí requerirá de la “aprobación interna” de la Asesoría Jurídica de esa Municipal ...
Fecha publicación: 17/07/2006
Fecha emisión: 14/07/2006
Documento: 09802-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No.08231 19 de junio, 2006 DCA-1704 Licenciado Marco Antonio Segura Soto Alcalde Municipal Municipalidad de Escazú Escazú Estimado señor: Asunto: Se aprueba convenio de cooperación suscrito entre la Municipalidad de Escazú y la Asociación específico pro mejoras de la Urbanización Pinar del Río de Guachipelín de Escazú. Nos referimos a su oficio No. DA-200-2006 del presente año, mediante el cual nos remite para refrendo, convenio de cooperación suscrito entre la Municipalidad de Escazú y la Asociación específico pro mejoras de la Urbanización Pinar del Río de Guachipelín de Escazú, para la construcción de una cancha multiuso. Una vez realizado el estudio de rigor, devolvemos el documento de mérito debidamente aprobado por esta Contraloría General. No obstante, y siendo la naturaleza del terreno destinado a facilidades comunales, deberán privar los principios de gratuidad y universalidad, por lo que el acceso al inmueble debe ser gratuito y dirigido a toda la comunidad sin restricción alguna. Atentamente, Licda. Lucía Gólcher Beirute, M.B.A. Fiscalizadora Anexo: un fólder (incluye original de convenio) LGB/lmu ci Auditor Municipal Archivo Central Ni: 11189, 2006002715 ( Contratos ] ...
Fecha publicación: 22/06/2006
Fecha emisión: 19/06/2006
Documento: 08231-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


PAGE 2 Cira Castro Myrie 25 de enero, 2006 DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES Al contestar refiérase al oficio No. 01088 25 de enero, 2006 DI-AA-0184 Señora Cira Castro Myrie Proveeduría Municipalidad de Escazú Escazú, San José Estimado señora: Asunto: Solicitud de refrendo de contrato suscrito entre la Municipalidad de Escazú y Constructora Presbere S.A. (Licitación por Registro No. 22-2005). En atención a su oficio PR 01991-2005 del 15 de diciembre de 2005, se analizó el contrato de la referencia para la colocación de carpeta asfáltica y base estabilizada en la Calle Toño Solís y colocación de carpeta asfáltica en la Urbanización Los Laureles. El cartel de licitación promovió la colocación de carpeta asfáltica y base estabilizada para dos calles: Avellana a Tanque Esterillos y Calle Toño Solís con longitudes de 340 y 244 metros de largo respectivamente, ambas por 6 de ancho. La modalidad de cotización fue por unidades de medida, a saber, sacos de cemento, metros cúbicos de base estabilizada y toneladas de carpeta asfáltica. Conforme el folio No. 42 de expediente, vía modificación del cartel se agregó un tercer ítem, la carpeta asfáltica para la Urbanización Los Laureles, sin indicarse su longitud y ancho, con una unidad de medida de 535 toneladas. A la Constructora Presbere S.A. se le adjudicaron los trabajos por realizar en la calle Toño Solís y en la Urbanización Los Laureles. La recomendación de adjudicación, acogida por el Consejo de ese Municipio, llevó a que para la calle Toño Solís se adjudicaran cantidades menores a las concursadas, ha saber 760 sacos de cemento en lugar de 1.100, 281 metros de agregados, cuando originalmente fueron 380, y 175 toneladas de mezcla asfáltica en lugar de 180, pasando el total de metros por asfaltar de 244 a 230, según la cláusula segunda del contrato. En cuanto a la Urbanización Los La ...
Fecha publicación: 28/01/2006
Fecha emisión: 25/01/2006
Documento: 01088-2006.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS